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Ley del 97 IMSS… ¿Cuáles son las tres modalidades para pensionarme y qué requisitos piden?

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En el caso de la Ley del 97, contempla tres modalidades de pensión, las cuales son retiro programado, renta vitalicia y pensión mínima garantizada

En el mundo de las pensiones de las personas que cotizan para el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), existen dos diferentes regímenes que determinarán la modalidad en la que empezaron a ser parte de este instituto. Es decir, que se anunció como afiliado por su patrón al tener una relación laboral.

En esta ocasión nos enfocaremos en el régimen conocido como la Ley 97, el cual aplicará para todos aquellos que comenzaron a cotizar en el IMSS a partir del 1 de julio de 1997. Y es que hay que recordar que al llegar a la etapa de jubilación, las personas podrán acceder a los recursos acumulados en su Administradora de Fondos para el Retiro (Afore), que serán pagados en forma de pensión o en una sola exhibición.

Aunque, uno de los requerimientos importantes para autorizar su trámite de pensión es el número de semanas de cotización.

Sin embargo, luego de las modificaciones a la reforma a la Ley del Seguro Social, las semanas cotizadas incrementarán cada año (25 semanas) hasta alcanzar las mil semanas en 2031.

¿CUÁNTAS SEMANAS NECESITO PARA PENSIONARSE BAJO LA LEY 97?

De acuerdo con el IMSS, durante el 2023 se necesita un mínimo de 800 semanas, pero deberá consultar el recuadro para conocer la cifra correspondiente para cada año.

Otros de los requisitos para este proceso son contar con 60-64 años para la pensión de Cesantía y 65 años para la de vejez, además de contar con el llamado expediente de identificación de trabajador actualizado, proceso que se realiza en su Afore.

Para iniciar con el procedimiento el interesado tendrá que presentarse en la Subdelegación del IMSS o en la Unidad de Medicina Familiar (UMF) que le corresponda y llevar los siguientes documentos: identificación oficial, estado de cuenta Afore, estado de cuenta bancario con CLABE y resolución o negativa de pensión que emite el IMSS.

¿CUÁLES SON LAS TRES MODALIDADES PARA PENSIONARME POR LA LEY DEL 97 IMSS?

En el caso de la Ley del 97, contempla tres modalidades de pensión, las cuales son retiro programado, renta vitalicia y pensión mínima garantizada. A continuación te explicamos un poco más de cada una.

¿QUÉ ES EL RETIRO PROGRAMADO?

Ahora bien, siguiendo con la misma definición proporcionada por la CONSAR y el Instituto Mexicano del Seguro Social, el retiro programado es una pensión que se contrata con la AFORE en la que estás registrado. El monto de la pensión dependerá del saldo acumulado en tu cuenta AFORE, de los rendimientos que se obtengan y de la esperanza de vida que te calculen.

La gran diferencia que tiene en comparación con la renta vitalicia es que el dinero que recibirás con el retiro programado dependerá del dinero que hayas ahorrado hasta que se agoten los recursos de tu cuenta AFORE, además también toma en cuenta que debes comprar un Seguro de Sobrevivencia que les permitirá a tus beneficiarios recibir una pensión en caso de tu fallecimiento.

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