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Esta es la millonaria cantidad de impuestos que tendría que pagar el posible ganador del avión presidencial

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La Ley del Impuesto Sobre la Renta señala que cualquier contribuyente que gane un premio debe pagar el impuesto correspondiente señalado en el Capítulo VII del Título IV, “De los Ingresos por la Obtención de Premios”

De acuerdo con diversos medios, el posible ganador de la rifa que podría realizar la Lotería Nacional del avión presidencial con seis millones de boletos, tendría que pagar el Impuesto Sobre la Renta del Boeing 787 conocido como “José María Morelos”.

Ante esto, el medio IDConline llevó a cabo un cálculo de cuánto se debería pagar en caso de ganar la aeronave. La Ley del Impuesto Sobre la Renta señala que cualquier contribuyente que gane un premio debe pagar el impuesto correspondiente señalado en el Capítulo VII del Título IV, “De los Ingresos por la Obtención de Premios”.

El artículo 138, refirió IDC, señala que el impuesto por los premios de lotería se calcula al aplicar una tasa del 1 por ciento del valor del propio premio.

Siempre que el premio no esté gravado con un impuesto local superior al 6 por ciento, como ocurre en la Ciudad de México, la tasa del impuesto local es del 6 por ciento, por lo que cumple con lo indicado en el numeral mencionado, aplicándole la tasa del 1 por ciento.

Lo anterior significa que el ganador de este hipotético sorteo, apuntó IDC, debería pagar un ISR de 69 millones 832 mil 517 pesos. No obstante, como el certamen sería a nivel federal, una de las opciones es que el gobierno retenga el pago del impuesto a la persona que le otorgue el premio.

Además, el nuevo dueño del avión presidencia tendría que informar sobre la aeronave en su siguiente declaración anual, de lo contrario, la autoridad podría considerar como ingreso acumulable la totalidad del vehículo.

El precio total del avión presidencial fue de 6 mil 983 millones 251 mil 790 de pesos, de acuerdo con lo aprobado en el Presupuesto de Egresos de la Federación 2016.

IDConline destacó por otro lado que el monto de la retención puede variar; ya que para la determinación del impuesto se consideró el costo del ‘José María Morelos’ sin la depreciación correspondiente.

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